LA CELEBRACIÓN DEL MATRIMONIO
-Nupcias de Dios-
La celebración matrimonial es una fiesta multisecular que recibe muchos nombres: bodas, nupcias,casamiento, esponsales, alianzas,
desposorios. En cierto sentido, la boda es el paradigma de celebración
festiva. No son las autoridades las que convocan a la fiesta, sino las
familias de los esposos -o los esposos mismos como anfitriones-. Por lo
general, no se trata de un fiesta pública, aunque en determinadas épocas
y lugares pueda también tener ese carácter. Pero tampoco le conviene a
la celebración matrimonial el apelativo de fiesta privada. Es una
característica muy relevante la importancia de la liturgia en las bodas,
empleando este término en el sentido más amplio: "en su sentido
etimológico liturgia "proviene del griego λειτουργία (leitourguía), con
el significado de «servicio público», y que literalmente significa «obra
del pueblo»; compuesto por λάος (láos) = pueblo, y έργον (érgon) =
trabajo, obra. En el mundo helénico este término no tenía las
connotaciones religiosas actuales, sino que hacía referencia a las obras
que algún ciudadano hacía en favor del pueblo o a las funciones
militares y políticas" (Definición de liturgia en wikipedia).
Las
celebraciones litúrgicas -ya sean civiles o religiosas- se caracterizan
por el hecho de que el motivo de la celebración es la utilidad pública o
el bien común. Una de las características de las bodas es precisamente
la presencia de diversas liturgias: la festiva o social, la religiosa o
sacramental y la jurídica. En la antigüedad todas estas dimensiones
litúrgicas se celebraban en dos fases bien definidas y separadas en el
tiempo: los esponsales y las nupcias.
Cada una de estas faśes se caracterizaba por su propia liturgia.
Conviene destacar que entre el mundo antiguo y el contemporáneo hay
profundas diferencias que sólo se pueden comprender estudiando la
historia de esta institución. Ahora nos interesa subrayar solamente el
hecho de que en la antigüedad había una unidad litúrgica en la que todas
las dimensiones antes mencionadas estaban armónicamente entrelazadas.
En cambio, en la actualidad, se puede hablar efectivamente de la
disociación litúrgica en tres tipos de celebración diferenciadas: hay un
banquete o fiesta social, hay un rito religioso, que en el caso de la
Iglesia católica coincide con el rito litúrgico para la celebración del
matrimonio, y hay también una liturgia jurídica, que puede estar
integrada o no en el rito religioso.
Dimensión litúrgica-social
En
las bodas se celebra la fundación de una familia. Éste es el motivo más
importante desde el punto de vista social. La familia encuentra su
origen en la alianza matrimonial. A través de símbolos nupciales las
sociedades antiguas establecían los momentos constitutivos del
matrimonio. Los anillos o alianzas eran un símbolo de la primera fase
-los esponsales-, mientras que el tálamo o la tienda lo eran de la segunda fase, la nupcial. En cada una de estas fases, se desarrollaba una fiesta.
Casarse era tanto como celebrar la liturgia del matrimonio, según los
ritos ancestrales de la comunidad, en el contexto de un banquete o
fiesta.
Dimensión litúrgica-religiosa
Dimensión litúrgico - jurídica
Los
signos nupciales tienen una intrínseca dimensión jurídica, porque
mediante ellos se establece el matrimonio y las demás relaciones
familiares que surgen de él. Es más, la alianza es el corazón de la boda
y constituye un pacto jurídico realizado por el consentimiento de los
esposos y reconocido por los ordenamientos jurídicos.
Precisamente porque existe una dimensión jurídica "natural", la tradición canónica ha defendido la existencia de la conyugalidad,
es decir, de una relación conyugal producida por el consentimiento
naturalemente suficiente pero manifestado al margen de los ritos o
ceremonias nupciales. Entre los siglos XII y XVI la Iglesia reconoció la
validez de estas uniones, a pesar de que fuesen ilegales o
clandestinas. A partir del siglo XVI, el Concilio de Trento exigió una
forma jurídica para que el consentimiento de los esposos puediera ser
válido y eficaz. Lo mismo hicieron los Estados en sus ordenamientos
civiles, al exigir una forma pública de celebración del matrimonio y
posterior registro. Fue en este contexto cultural en el que se
desarrolló la idea de que el matrimonio es antes que nada una
institución civil o canónica: que el matrimonio, por tanto, no sería la
realidad creada por la voluntad de los esposos sino más bien el vínculo
originado por la autoridad que reconoce y legitima el consentimiento de
los esposos.
Se
comprende entonces la equivocidad de la expresión "celebración del
matrimonio". Si lo más importante de la celebración es el cumplimiento
de la liturgia jurídica, es decir, de las leyes canónicas o civiles que
establecen requisitos de validez, los demás aspectos pasan a segundo
lugar y son realmente intrascendentes. Pero también sucede que muchos
consideran que los ritos jurídicos son producto de una cultura puritana e
hipócrita y proceden a convivir maritalmente al margen de toda
ceremonia litúrgica, con la excepción quizá de algún banquete o fiesta
con el que pretenden celebrar su unión. En definitiva, se abren en la
actualidad varias posibilidades: la conviviencia o unión de hecho sin
celebración de ningún género; la convivencia con banquete celebrativo;
el matrimonio civil, sin dimensión religiosa; el matrimonio canónico con
valor civil; el matrimonio canónico no registrado y, por tanto, sin
valor civil.
Toda esta variedad de conductas es enormemente perjudicial porque se pierde de vista el significado más hondo de la palabra casarse:
no son los esposos ni las autoridades civiles o religiosas quienes
"casan" o unen a los esposos sino el poder de Dios que se comunica a
través de la liturgia nupcial.
No hay comentarios:
Publicar un comentario
GRACIAS POR TU COMENTARIO, PRONTO ESTAREMOS COMUNICANDONOS CONTIGO...
CON AMOR, MARIAM...